De acuerdo con la ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas ( artículos 14.2, 14.3 y 41.1) están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para tramitar cualquier procedimiento administrativo, entre otros:
Las personas jurídicas
Las entidades sin personalidad jurídica
Quien ejerza una actividad profesional por la cual se requiera la colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que tramiten con las administraciones públicas, en ejercicio de las actividades profesionales anteriores.
Quién represente a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la administración.
A continuación os pasamos a recordar las gestiones a realizar al respeto, para no incurrir en ninguna situación fiscal no deseada.
Todas las notificaciones procedentes de administraciones públicas son por vía electrónica, la AEAT utiliza la Dirección Electrónica Habilitada (DEH), las entidades públicas catalanas utilizan el portal e-notum, y como novedad a partir del 1 de noviembre 2022 el Departamento General de Tráfico enviará todas sus notificaciones de Personas Jurídicas a través de su buzón electrónico por la Dirección Electrónica Vial (*DEV) y dejará de enviar las notificaciones en papel.
MUY IMPORTANTE. Los efectos de la notificación a los buzones electrónicos se producen en el momento de acceder al contenido del acto notificado o bien transcurrido el plazo de 10 días NATURALES desde que se cuelga al buzón sin que se haya accedido a la misma.
Por lo tanto, es muy recomendable entrar a los buzones cada día o cada dos días, para que no nos pase por alto el plazo y consecuentemente se entienda como notificada pasado estos 10 días, hecho que ya no nos permitirá hacer ninguna reclamación ni alegación. Para visualizar las comunicaciones y notificaciones electrónicas obligatorias hay que acceder SIEMPRE desde los siguientes buzones:
- la DEHú se realizará a través del portal https://dehu.redsara.es/ autenticándose con certificado electrónico o Cl@vepin. (y hacerlo como más además a la página de la *AEAT)
- E-notum se realizará a través del portal https://usuari.enotum.cat/webciutada.
- Dirección Electrónica Vial (DEV) se realizará a través del portal https://sede.dgt.gob.es/es/otros-tramites/direccion-electronica-vial/
NOTA: Ante las ausencias o vacaciones, la AEAT permite el que se denomina “días de cortesía”. Son 30 días naturales que el obligado puede elegir por el motivo que sea para que durante este tiempo la administración no cuelgue nada. SOBRE TODO, pedirlo con 20 días mínimos de antelación.